Es bien sabido que todas las personas tienen el derecho a denunciar los hechos delictivos que les afecten. Así, por ejemplo, si alguien destruye mis bienes, o roba algo de mi propiedad, o si derechamente soy víctima de una agresión, puedo acudir a Carabineros o PDI a efectuar la denuncia.

Sin embargo, no pocas veces ocurre que, por desconocimiento o excesiva confianza, los casos se cierran sin que las personas sepan realmente qué es lo que ha ocurrido. Entonces la víctima, con gran desconcierto, se encuentra una carta a los pies de su puerta, que le informa el cierre del caso por falta de pruebas o por algún otro motivo.

Para evitar esta situación de indefensión, la legislación contempla la figura del “querellante”, que es básicamente la víctima tomando parte activa del proceso. O sea, aquella víctima que no se contentó solo con presentar la denuncia, sino que se involucró un poco más a fondo en el caso.

Para pasar de ser un simple denunciante a un QUERELLANTE debes hacerlo a través de un abogado particular (actualmente NO existe en Chile un sistema jurídico gratuito general de representación de víctimas, por lo que todas estas gestiones se realizan a través de abogados privados, excepto en casos puntuales donde operan organismos especializados como la Defensoría de la niñez, el INDH u otros análogos).

Entonces, para iniciar tu entrada activa a la causa, tu abogado se querellará en tu nombre (sea que exista o no una denuncia previa) y solicitará inmediatamente actividades probatorias para que sean practicadas por el Ministerio Público. Luego de eso se monitoreará el proceso por el tiempo que dure la investigación, organizando reuniones con Fiscales, aportando datos y antecedentes relevantes y obteniendo la información necesaria respecto del avance del juicio. Posteriormente, será trabajo del Fiscal decidir si acusa o sobresee al imputado, y conforme a ello el querellante tomará parte del juicio, adhiriendo a la acusación fiscal, o formulando una acusación particular. En caso de que el Fiscal decida no perseverar en la causa, el querellante también podrá hacer uso de la palabra para oponerse a tal decisión.

¿Conviene denunciar inmediatamente antes de contactarme con mi Abogado?

Por regla general debes intentar hablar previamente con tu abogado de confianza antes de iniciar cualquier movimiento judicial. Sin embargo, en casos obvios y urgentes es preferente presentar la denuncia de forma inmediata (por ejemplo, si soy víctima de una encerrona, evidentemente lo primero que deberé hacer es denunciar el hecho a la PDI o Carabineros).

En definitiva, ante casos graves y de urgencia, se debe denunciar inmediatamente, en cambio si el caso permite esperar algunos minutos o algunas horas, es mejor contactar previamente a tu abogado de confianza.

¿Qué pasa si se presenta una denuncia o querella con hechos falsos?

En estos casos el querellante puede verse expuesto a tener que responder de los gastos judiciales en que haya incurrido el imputado (las “costas” de la causa), pero en casos extremos de notoria manipulación del sistema jurídico, o sea, mentiras descaradas, el imputado puede a su vez presentar una querella por acusación calumniosa. O sea, el querellado podría pasar a ocupar el lugar del querellante.

Si necesitas asesoría sobre esta u otras materias, contáctanos y un abogado de CALIDAD asumirá tu representación.

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